Derecho
civil es el conjunto de normas
jurídicas y principios del derecho que regulan
las relaciones personales o patrimoniales,
voluntarias o forzosas, entre personas privadas
o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o
incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium o
autotutela. Se le puede definir también, en términos generales, como el
compendio de principios y normas jurídicas que regulan las relaciones
patrimoniales y vínculos subjetivos de las personas, considerando a las
personas en cuanto tal, como sujeto de derecho, o como aquel que rige al ser
humano como tal, sin consideración de sus actividades peculiares; que regula
sus relaciones con sus semejantes y con el Estado, cuando
éste actúa en su carácter de simple persona jurídica y en tanto esas relaciones
tengan por objeto satisfacer necesidades de carácter genéricamente humanas.
También, en algunos sistemas jurídicos, se denomina Derecho
civil al conjunto de normas incluidas en un Código civil.